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El arraigo extraordinario
30/06/2026
Con el objetivo de facilitar la regularización de las personas extranjeras que ya se encuentran en España y favorecer así su integración social y laboral, la normativa española de extranjería ha experimentado una importante transformación en los últimos años.
En este contexto, destaca la última reforma del Reglamento de Extranjería y, especialmente, la creación de una vía específica de arraigo extraordinario. En concreto, el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril incorporó medidas extraordinarias destinadas a determinadas personas extranjeras que ya se encontraban en España antes del 1 de enero de 2026.
Este procedimiento exige acreditar una permanencia continuada en España y la ausencia de antecedentes penales, entre otros requisitos. La novedad más importante de esta medida es su finalidad de favorecer la incorporación de estas personas al mercado laboral, por ello, la Administración otorga una autorización provisional para trabajar en un breve lapso de tiempo tras presentación de la solicitud inicial.
En definitiva, la reforma supone un cambio significativo en la política española de extranjería. El arraigo extraordinario y las medidas de regularización de 2026 buscan dar una respuesta jurídica a personas que ya forman parte de nuestra sociedad, facilitando su acceso a la residencia y, especialmente, al empleo.
Se trata de procedimientos con requisitos concretos y plazos determinados, por lo que resulta fundamental analizar individualmente la situación de cada persona antes de presentar una solicitud.
Este procedimiento ha estado vigente hasta hoy, día 30 de junio de 2026, aunque la normativa actual continúa regulando distintas vías y opciones para la regularización en nuestro país.
La obtención de una autorización de residencia en nuestro país exige un enfoque personalizado y adaptado a cada caso concreto.
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